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Autor En España la propiedad intelectual está regulada, básicamente, en la Ley de 12 de abril de 1996, es un texto bastante sencillo. Por si no queréis enfrentaros a ella directamente, os ofrecemos esta breve explicación de sus aspectos más importantes.

La propiedad de una obra corresponde al autor. Parece una perogrullada pero, como veremos más adelante, sólo lo parece.

¿Qué es un autor? La Ley de Propiedad Intelectual lo define como la persona que crea una obra literaria, artística o científica. Salvo que se demuestre lo contrario, la autoría se demuestra mediante la firma o signo equivalente. La equivalencia con otros signos adquiere gran relieve ante la gran difusión de Internet y la firma electrónica. Si no hay firma, o sea, si la obra es anónima, los derechos corresponden a quien saca la obra a la luz, siempre que el autor o sus legítimos herederos otorguen su consentimiento y no decidan romper su secreto.

Si participas en un libro en colaboración, los derechos corresponden a todos los autores. También serán todos los autores quienes tendrán que dar su consentimiento para divulgar o modificar la obra. Si no perjudica a la obra conjunta, cada uno puede explotar por su cuenta la colaboración.

Recaredo Veredas Rojo, del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid

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